Créditos a tasa cero

Línea de crédito con subsidio del cien por ciento (100%) del costo financiero total, exclusiva para monotributistas y trabajadores autónomos.
Características generales del crédito:
  • Beneficio: créditos a tasa 0% para Monotributistas y Autónomos.
  • Monto del crédito: no podrá exceder una cuarta parte del límite superior de ingresos brutos de cada categoría, con un monto máximo de $150.000.
  • Forma de pago: en 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas en la tarjeta de crédito del beneficiario. A cada una de las cuotas se le agregará también el monto equivalente al impuesto integrado y gastos previsionales.
  • Devolución del crédito: en 12 cuotas, con 6 meses de gracia.
  • Observaciones: el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (Fondep) bonificará el 100% de la tasa de interés. El Fondo de Garantías Argentina (Fogar) avalará los créditos sin exigir contragarantías.
¿Cuáles son los requisitos?
  • Estar inscriptos en el régimen de trabajadores autónomos o en el monotributo, en este último caso en las categorías comprendidas entre la A y la K, ambas inclusive.
  • No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal, no pudiendo solicitar el beneficio cuando por lo menos el 70% de su facturación en el período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades que integran dicho sector.
  • No percibir ingresos de trabajos en relación en dependencia o provenientes de una jubilación.
  • El monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado. Los trabajadores autónomos tomarán el período comprendido entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2019, respecto del mismo período de 2020.
  • En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible las compras no deberían ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado.
  • No serán elegibles los ciudadanos adheridos con situación crediticia 3, 4, 5 o 6 según BCRA. En caso de varias situaciones crediticias informadas, se considerará la correspondiente al monto de deuda más alto.
  • Los beneficiarios de este financiamiento no deberían acceder al mercado único y libre de cambios para la formación de activos externos ni adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o transferencia en custodia al exterior hasta la cancelación total del crédito.
  • Los créditos a tasa cero son compatibles con el Salario Familiar de Emergencia (IFE), mientras que se cumplan con los requisitos citados anteriormente.

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